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Beneficios tributarios de las donaciones

Formulario Sunat


Los aportes para la construcción de la nueva sede del PAD efectuados por personas o empresas generadoras de rentas de tercera categoría tienen la condición de deducibles para efectos de determinar el impuesto a la renta, hasta el límite del 10% de su renta neta, luego de efectuada la compensación de pérdidas, en caso corresponda.

Para ello, las empresas donantes tienen la obligación de inscribirse en el Registro de Donantes de la SUNAT (descargar formulario) y comunicar cada una de las donaciones que efectúen a fin de poder beneficiarse con la deducibilidad del gasto por este concepto.

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